Criterios de evaluación
Impacto económico del proyecto de inversión: 25%
- Se evaluará la contribución del futuro proyecto de inversión a la competitividad del (de los) beneficiario(s) u organización, en el territorio involucrado en términos de:
- Contribución a Ia diversificación de la matriz productiva y/o canasta exportadora, mejora de competitividad de la industria o de industrias relacionadas y/o su contribución al cierre de brechas que afectan su competitividad.
- Sustentabilidad medioambiental del proyecto.
- Externalidades positivas.
Calidad de la formulación y coherencia del proyecto: 10%
- Se evaluará Ia calidad en la formulación del proyecto y su coherencia, en relación a:
- Beneficiarios postulantes y objetivo del proyecto.
- Actividades, plazos y resultados esperados, de acuerdo al objetivo del proyecto.
Propuesta económica: 15%
- Se evaluará la coherencia entre el presupuesto, las actividades y los resultados propuestos.
Justificación Territorial:10%
- Se evaluará la pertinencia del proyecto respecto de su contribución a los lineamientos estratégicos de desarrollo regional y de Corfo (sector-territorio).
Fortaleza del proyecto de inversión: 20%
- Se evaluará la coherencia del proyecto de inversión, respecto a:
- El plan de negocios.
- La rentabilidad del proyecto.
- El acceso a financiamiento para materializar la inversión.
- Generación de empleos.
Fortaleza de Ia Empresa: 20%
- Se evaluará la experiencia del postulante en el sector económico del proyecto y la coherencia de su estrategia en relación al proyecto de inversión.
Preguntas frecuentes
¿Cómo se realiza la postulación?
- Debes contactar a un Agente Operador Intermediario de la Región de O’Higgins, con las empresas interesadas. Este te prestará asesoría y orientación técnica.
¿Cuál es el plazo ejecución?
- El plazo de ejecución será el establecido en el proyecto aprobado, pudiendo ser prorrogado previa su información al Director Regional de Corfo o Director Ejecutivo del Comité de Desarrollo Productivo Regional
- CDPR, según corresponda, por un tiempo no superior al 50% del plazo originalmente aprobado, teniendo un plazo total no superior a 2 años, considerando las prorrogas.